Corte Suprema confirmó fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique
en favor de mujeres privadas de libertad
Defensoría Regional de Aysén e Instituto de Derechos Humanos destacaron la importancia de este pronunciamiento judicial para avanzar en la equidad de género en el sistema carcelario.
Coyhaique. Jueves 04 de abril de 2024.- En un fallo emitido el 03 de abril, la Excma. Corte Suprema confirmó por unanimidad la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, respecto del recurso de amparo interpuesto por la Defensoría Regional de Aysén y el Instituto Nacional de Derechos Humanos, en favor de las mujeres privadas de libertad en la cárcel de Coyhaique.
Cabe recordar que motivó el recurso de amparo las malas condiciones de habitabilidad en la que se encuentran las mujeres en prisión preventiva y las condenadas de Coyhaique, en la única cárcel de la región que cuenta con un espacio para recibir a mujeres. Estas malas condiciones, son aún inferiores a las de los varones recluidos.
HISTORIA DE UN RECURSO
El recurso de amparo fue interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique el pasado 08 de marzo, quien lo acogió por unanimidad, dictando medidas para solucionar la situación de las mujeres privadas de libertad. Sin embargo, este fallo fue apelado ante la Corte Suprema por Gendarmería de Chile, a través del Consejo de Defensa del Estado.
La apelación interpuesta, buscaba que Gendarmería de Chile no se viera obligada a cumplir con las mejoras estructurales graduales ordenadas por la Corte de Apelaciones en su fallo. Para ello basó su argumentación en los escasos recursos económicos con que cuenta Gendarmería y, por otra parte, en que “la acción cautelar de marras y lo resuelto por la Primera Sala de Vuestro Iltmo. Tribunal (la Corte de Apelaciones de Coyhaique) viene, por tanto, a consagrar una situación de abierta desigualdad y privilegio respecto de estas internas respecto del resto de la población penal de la Región”.
Los argumentos de la Defensoría y del INDH enfatizaron la necesidad de que el Estado, a través de sus instituciones, respeten y hagan valer los Derechos Humanos de las personas, sobre todo de quienes están bajo su tutela como lo son las personas privadas de libertad; que no es sostenible la situación de desigualdad que a la fecha mantienen las mujeres respecto de los hombres presos, ellas con cuatro horas más de encierro en celdas sobre pobladas, sin la posibilidad siquiera de un segundo recinto carcelario en la región que les permita cumplir su prisión cerca de sus familias, entre otros.
Es así que el miércoles pasado, el máximo tribunal del país se pronunció rechazando dicha apelación y confirmando lo resuelto por la Corte de Apelaciones.
REACCIONES
“Confiábamos en que la Excma. Corte Suprema confirmaría lo resuelto por la Iltma. Corte de Apelaciones Coyhaique, ya que es muy evidente la desigualdad con que las mujeres privadas de libertad de la región deben cumplir su encierro – comentó el Defensor Regional, Jorge Moraga – el poco espacio físico con que cuentan, las malas condiciones de ventilación, las excesivas horas de encierro en dormitorios sobrepoblados, no podían tener un pronunciamiento diferente por parte de los tribunales del país”.
El Defensor Regional comentó que es un hecho que ninguna persona privada de libertad vive en buenas condiciones en las cárceles de nuestro país y de nuestra región “es real que Gendarmería cuenta con recursos limitados y que la encarcelación para hombres y mujeres es muy dura y no cuenta con intervenciones efectivas para lograr la reinserción social; sin embargo, en este panorama complejo, las mujeres presas de Coyhaique están en peor situación aún, con más horas de encierro en celdas que los varones (ellas 21 horas en sus celdas versus 16 hrs. en el caso de los varones); en espacios muy reducidos, con mala ventilación, con poca o nula posibilidad de trabajo o de aprender oficios útiles para cuando salgan al medio libre, entre otras afectaciones”.
Joaquín Bizama, Director Regional del INDH, destacó el fallo del máximo tribunal del país, en tanto “confirma los argumentos esgrimidos en el recurso de amparo, así como también las conclusiones a las que arribó la Corte de Apelaciones en su sentencia”.
En ese sentido, recordó que lo que establece la sentencia, básicamente, es que en un plazo de 30 días desde que quede firme y ejecutoriada, Gendarmería “realice todas las medidas necesarias para asegurar que se mejoren las condiciones de habitabilidad de la Sección Femenina de la cárcel de Coyhaique, en específico lo que dice relación con una adecuada segregación entre imputadas y condenadas, también garantizar el derecho al desencierro y adoptar las medidas necesarias para mejorar el estado de los dormitorios, el baño y ventilación”.
“Lo otro relevante – agrego el Director Regional del INDH – es que Gendarmería deberá viabilizar, a la brevedad, la reapertura de secciones femeninas en algunas de las cárceles de la región”.
Por su parte Cristian Cajas, jefe de estudios de la Defensoría Regional de Aysén, destacó el trabajo sistemático y de equipo realizado por la esta institución. “Todo comenzó con la constatación de la condición de inequidad y de vulneración de derechos de las mujeres privadas de libertad en nuestra región, su documentación a través de un estudio confeccionado por mujeres profesionales de la Defensoría Regional de Aysén, liderados por la trabajadora social, Orietta Rodríguez. Dicho estudio se difundió en diversos foros, medios de comunicación y sirvió de antecedente a la conformación de la Mesa Para Mujeres Privadas de Libertad, liderada por la Seremi de la Mujer y Equidad de Género, Andrea Méndez. Después pasamos a la ofensiva judicial por medio de esta acción constitucional de amparo, cuya construcción contó con el apoyo del Departamento de Estudios de la Defensoría Nacional y el valioso trabajo interinstitucional con el INDH de nuestra Región. De manera que ha sido un largo proceso, de trabajo colectivo. Por cierto, aún queda mucho por avanzar en este camino”, señaló Cristian Cajas.
No habiendo más recursos pendientes, basta que se envíen y remitan antecedentes por parte de la Corte Suprema a la Corte de Apelaciones de Coyhaique, para que esta sentencia quede ejecutoriada.
Según los plazos legales, en aproximadamente 30 días las instituciones estarán en condiciones de exigir el cumplimiento de lo dictaminado por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.