Mes del Trabajo Decente: un llamado a hacer de la prevención una tarea compartida

Fernando Cornejo

 

Ø  La seguridad y salud en el trabajo debe ser entendido como un derecho, primando una cultura preventiva en los entornos laborales.

Coyhaique, 28 octubre 2026.- Cada mes de octubre se conmemora el Mes del Trabajo Decente por parte del Instituto de Seguridad Laboral, ISL, siendo el 7 de octubre la fecha reconocida internacionalmente desde 2008 que invita a reflexionar sobre las condiciones en que se desarrollan las labores y sobre la importancia de contar con espacios de trabajo seguros y saludables. En ese marco, el ISL) y el Seremi del Trabajo y Previsión Social de la región de Aysén hicieron un llamado a fortalecer la cultura preventiva.

Sobre el rol de los empleadores y la responsabilidad compartida, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Sebastián Solís, afirmó que “Hablar de trabajo decente es hablar también de seguridad y salud en el trabajo. Toda actividad laboral implica riesgos, pero para ello es fundamental identificar los peligros, evaluar los riesgos y adoptar oportunamente medidas de control. La seguridad y la salud laboral no son un tema secundario: son un derecho. Su cumplimiento es una responsabilidad de todos y los empleadores deben garantizar condiciones seguras, donde los trabajadores deben participar activamente en la gestión preventiva. Estamos hablando de algo fundamental, que es impulsar una cultura de prevención en nuestra Región de Aysén”.

Por su parte, el director del ISL Aysén, Mario Garay, puso el acento en la dimensión humana de la prevención, “el Trabajo decente es que cada persona pueda volver sana y salva a su hogar al terminar la jornada. Detrás de cada trabajador hay una familia que espera su regreso, y por eso prevenir un accidente o una enfermedad laboral es también proteger a esa familia. En Aysén, desde el ISL seguimos acercando asesoría, capacitación y prevención a las empresas y a las personas trabajadoras”.

Cinco ejes para una prevención que protege

El mensaje de este mes se estructura en torno a cinco ejes:

  • Derecho a la seguridad y salud en el trabajo: es un elemento esencial de la protección de las personas trabajadoras, y se materializa, entre otros mecanismos, a través del Seguro establecido por la Ley 16.744.
  • Gestión preventiva de los riesgos: identificar peligros, evaluar riesgos y adoptar medidas de control permite prevenir accidentes y enfermedades de origen laboral.
  • Responsabilidad de las entidades empleadoras: les corresponde proporcionar condiciones de trabajo seguras y saludables y desarrollar una gestión preventiva acorde con los riesgos presentes en sus lugares de trabajo, con participación de las y los trabajadores.
  • Rol del Estado y coordinación institucional: la protección de las personas requiere la acción coordinada de las instituciones que forman parte del sistema de seguridad y salud en el trabajo, cada una dentro de sus competencias.
  • Protección de las personas y sus familias: trabajar en condiciones seguras reduce la exposición a riesgos y favorece que las personas regresen de forma segura a sus hogares, protegiendo su salud física y mental.

La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (PNSST) 2024-2028 establece como uno de sus ejes centrales el fortalecimiento de una cultura preventiva y la gestión de los riesgos laborales, junto con objetivos orientados a disminuir los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales, incorporar el enfoque de género y diversidad, proteger la salud mental y generar entornos libres de violencia y acoso.

A ello se suma el Decreto Supremo 44, vigente desde el 1 de febrero de 2025, que modernizó la gestión preventiva de los riesgos laborales y fortalece la responsabilidad de las entidades empleadoras en la identificación de peligros, la evaluación de riesgos, la implementación de medidas preventivas, la participación y la mejora continua.

Sobre el ISL

El Instituto de Seguridad Laboral, ISL, es el organismo público administrador del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley 16.744. Contribuye a la protección de las y los trabajadores mediante acciones de prevención, asesoría técnica, capacitación y entrega de cobertura médica y económica, y apoya a las entidades empleadoras en la identificación y gestión de los riesgos laborales. Más información en www.isl.gob.cl.

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